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Limpieza de terrenos baldios


Mediante Resolución Nº 207 del día de ayer se reglamenta y establecen fechas límites para que los  propietarios acondicionen los terrenos baldíos, según lo establecido en la Ordenanza  Nº  1022/89.-
    Cabe acotar al respecto que todo propietario de terreno/s baldío/s total o parcial, está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética.
    Es objetivo principal del área de la Secretaría de Gobierno fomentar un cambio de actitud de los componentes sociales para promover la protección  minimizando así los impactos negativos del mismo.
    En consecuencia se otorga un plazo de quince (15) días corridos a partir  de la notificación respectiva para efectuar la limpieza de los terrenos baldíos totales y/o parciales dentro del ejido Municipal de la ciudad de General Roca.



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